Todo lo que tu empresa necesita saber sobre el FAL antes de junio 2026

24 abr 2026

FAL Fondo de Asistencia Laboral

A partir del 1 de junio de 2026, todas las empresas privadas de Argentina tienen una nueva obligación: abrir una cuenta en el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Si todavía no escuchaste hablar de esto, o escuchaste pero no tenés claro qué implica para tu empresa, este artículo es para vos.

¿Qué es el FAL?

El FAL es una cuenta individual que cada empleador debe abrir en una entidad habilitada por la Comisión Nacional de Valores (CNV). En esa cuenta se acumula mensualmente un porcentaje de la masa salarial de la empresa, destinado a fondear el pago de futuras indemnizaciones laborales.

No es un seguro. No reemplaza la indemnización. No elimina la responsabilidad del empleador frente al trabajador. Es una herramienta de planificación financiera que convierte un gasto impredecible — el despido — en una reserva acumulada y administrada con anticipación.

¿Cuánto hay que aportar?

El aporte es mensual y obligatorio. Las MiPyMEs aportan el 2,5% de la masa salarial bruta mensual, y las grandes empresas el 1%. Lo más importante: este aporte no implica un costo adicional para la empresa. La ley establece que se compensa con una reducción equivalente en las contribuciones patronales al SIPA. El empleador no paga más — simplemente redirige una parte de lo que ya pagaba hacia su propia cuenta FAL.

¿Qué pasa si no lo abrís antes del 1 de junio?

Acá está el punto más crítico: el FAL tiene una carencia de 6 meses. Eso significa que los fondos acumulados solo pueden usarse a partir del séptimo aporte mensual. Una empresa que no abre su cuenta el 1 de junio pierde esos primeros 6 meses de reserva de forma irrecuperable. Ese dinero igual se descuenta de las cargas sociales, pero no queda en la cuenta individual de la empresa.

Ejemplo concreto: una MiPyME con 20 empleados y salario promedio de $900.000 aporta $450.000 por mes al FAL. Si no abre la cuenta a tiempo, pierde $2.700.000 de reserva en los primeros 6 meses — sin posibilidad de recuperarlos.

¿El FAL reemplaza a la ART?

No. Son dos obligaciones completamente distintas. La ART cubre accidentes y enfermedades laborales durante la relación laboral. El FAL cubre el costo de la desvinculación cuando esa relación termina. Una empresa necesita tener activas las dos obligaciones: su ART y su cuenta FAL.

¿Quién administra el FAL?

Las cuentas FAL serán administradas por entidades habilitadas por la CNV — no por las aseguradoras de ART. Los principales operadores serán bancos con gestoras de Fondos Comunes de Inversión y ALyCs como Balanz, Allaria o Cocos. El empleador puede elegir entre las opciones disponibles y también cambiar de entidad si lo necesita.

¿Qué tenés que hacer ahora?

Primero, informar a tu contador o estudio contable — el aporte FAL se integra en la declaración mensual de cargas sociales vía ARCA y hay que configurarlo con anticipación. Segundo, comparar las entidades administradoras disponibles. Tercero, abrir la cuenta antes del 1 de junio de 2026 para no perder los primeros 6 meses de acumulación.

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