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 Seguro de ART para empleada domestica

Con el claro objetivo de incluir a la empleada doméstica dentro de un régimen que la contenga y la proteja, un seguro de ART es lo que el empleador deberá contratar cuando emplee personal para que se ocupe de las tareas de su hogar. A partir de la sanción de la ley 26844 “Régimen Especial de Contrato de trabajadores para el personal de casas particulares” que forma parte del decreto 467/2014 y que regula la actividad que consiste en la prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras tareas típicas del hogar, debiendo ser por una jornada laboral de no más de 8 horas diarias equivalentes a 48horas semanales, con un descanso semanal de 35 horas corridas, en el que el empleador deberá ofrecerle una alimentación sana y equilibrada dependiendo de la jornada laboral, además de la ropa y elementos de trabajo y la obligación por parte del mismo, de contratar un seguro de ART para empleada doméstica, cobertura ésta que demostró ser de gran eficacia ya que desde que entró en vigor la obligatoriedad de afiliar a todo trabajador que esté en relación de dependencia los accidentes de trabajo se redujeron en gran medida.

Por la resolución 2224/14 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que tiene como función controlar el buen funcionamiento de las aseguradoras de riesgos del trabajo, se establece que a partir del 3 de noviembre de 2014 los empleadores deberán contratar un seguro de ART para su empleada doméstica, ya sea con o sin retiro, entre los que se establecerán tres categorías, pudiendo ser por menos de 12 horas trabajadas, entre 12 y 16 o por más de 16 horas, debiendo el empleador hacerse cargo de la cuota mensual que será fijada por la SRT cuyo monto dependerá de las horas trabajadas, debiendo la ART asesorar tanto al empleador como a su empleada doméstica sobre prevención y seguridad. Un seguro de ART para empleada doméstica cumple la función de proteger al empleador en el caso de que esta trabajadora sufra un accidente en el ámbito de trabajo o en itinere, es decir en el trayecto hacia su domicilio y viceversa; y en el caso de que tuviera más de un trabajo, la art que deberá hacerse cargo será la que cubra el trayecto hacia su trabajo.

¿En caso de accidente qué hacer?

La empleada doméstica damnificada que cuente con un seguro de ART deberá informar a su empleador y éste a la aseguradora correspondiente que deberá ofrecerle atención médica inmediata, traslados, medicamentos, prótesis y ortopedia por todo el tiempo que dure su recuperación. En el caso de que no pudiese volver a su trabajo por las secuelas de un accidente, deberá considerarse el pago de una indemnización dependiendo su monto del grado de incapacidad y que está establecido en una tabla o baremo pudiendo ser ésta temporaria, permanente o gran invalidez. Y en caso de fallecimiento de una empleada doméstica con seguro de ART, ocurrido en ocasión o como consecuencia del cumplimiento de su tarea, y dependiendo del valor del sueldo la indemnización correspondiente será cobrada por los derechohabientes.

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