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 Enfermedades laborales Argentina

El Comité Consultivo Permanente es el que en 1996 elaboró el listado de enfermedades laborales en Argentina previsto por el art. 6 inciso 2 de ley 24557 de riesgos del trabajo que dictaminó que se identifiquen los agentes de riesgos y las actividades que puedan generar dichas enfermedades y es también el que lo actualiza. En 2012 y partir de una modificación de esta ley se actualizó este listado y se incluyeron enfermedades laborales tales como las hernias, las várices y las lumbalgias y cuya cobertura será a partir del tercer año desde que el trabajador haya comenzado su relación laboral. A partir de esta ley aparecieron en Argentina las aseguradoras de riesgos del trabajo que tienen como función proteger al empresario y a sus empleados de los posibles accidentes de trabajo y por las enfermedades laborales, y que para asesorar, cotizar y contratar una cobertura y en resumen para simplificarle las operaciones al empresario, cuentan con todos estos servicios a través de sus plataformas online.

¿Qué son las enfermedades laborales?

Según la legislación Argentina se consideran enfermedades laborales a aquéllas provocadas por la actividad que realiza el trabajador y cuyos síntomas aparecen gradualmente y casi sin que el damnificado se dé cuenta, y que finalmente hacen eclosión. Las ART deben exigir a los trabajadores los exámenes llamados preocupacionales, que serán a cargo del empleador establecidos por ley para determinar las incapacidades o las enfermedades que el trabajador pudiera tener antes de ingresar a un nuevo trabajo o al finalizar su relación laboral en la empresa para determinar su estado de salud. Es obligatorio además, éstos ya a cargo de la ART, la realización de exámenes médicos periódicos para aquéllos trabajadores que están expuestos a elementos peligrosos. Toda ART cuenta en la Argentina con centrales de emergencias médicas las 24 horas los 365 días del año, ya sea que el siniestro se produzca en el país como en el exterior, y asesoramiento para prevenir accidentes en el lugar de trabajo o por enfermedades laborales lo que le permitirá al empresario reducir los costos al disminuir el ausentismo. 

El empleador deberá tomar todas las precauciones para minimizar los riesgos tanto de accidentes como para prevenir enfermedades laborales y si de todos modos tuviesen lugar, la ART deberá brindar todas las prestaciones médicas que corresponden por ley, tales como traslados hacia y desde los centros de atención de forma gratuita, con medicamentos y rehabilitación por todo el tiempo que dure el tratamiento. Toda Art cuenta con centrales de emergencia médicas las 24 horas, los 365 días del año, ya sea que el siniestro ocurra en el país como fuera del mismo. La ley Argentina determina que ante la menor posibilidad de estar ante una de las llamadas enfermedades laborales el empleador deberá denunciar inmediatamente el suceso ante la ART, pudiendo hacerlo algún familiar o todo aquél que tenga conocimiento del mismo y será a través de la Tabla de Evaluaciones de las incapacidades laborales que se determinarán los porcentajes de incapacidad.

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